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Materiales informativos

Guía para Administraciones Públicas y empresas en políticas de prevención del acoso

Una de las situaciones con más problemática en el desarrollo cotidiano de las labores universitarias es el encuentro entre el derecho de acceso a la información pública, es decir, la transparencia y el derecho fundamental a la protección de datos personales. Para intentar dar unas orientaciones en esta materia, la anterior Secretaria General de esta Universidad, la profesora D.ª Francisca Fuentes Rodríguez, coordinó en el seno de la CRUE la elaboración de una guía de buenas prácticas en materia de transparencia y protección de datos. Esta guía pretende ser un mecanismo que facilite la adopción de decisiones en materia de transparencia por parte de los órganos correspondientes en los casos más generales.
La disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales establece un sistema de identificación de los interesados en las notificaciones por medio de anuncios y publicaciones de actos administrativos. Su apartado primero recoge que “Cuando sea necesaria la publicación de un acto administrativo que contuviese datos personales del afectado, se identificará al mismo mediante su nombre y apellidos, añadiendo cuatro cifras numéricas aleatorias del documento nacional de identidad, número de identidad de extranjero, pasaporte o documento equivalente. Cuando la publicación se refiera a una pluralidad de afectados estas cifras aleatorias deberán alternarse.“Ante las dudas planteadas en relación con la aplicación de lo dispuesto en la misma, las autoridades de control españolas han hecho pública la siguiente orientación provisional para su aplicación.
La Agencia Española de Protección de Datos ha puesto a disposición de los responsables del tratamiento una herramienta para realiza evaluaciones de impacto sobre los datos personales. La Evalución de Impacto debe realizarse cuando sea probable que un tipo de tratamiento, en particular si utiliza nuevas tecnologías, por su naturaleza, alcance, contexto o fines, entrañe un alto riesgo para los derechos y libertades de las personas físicas. Dicha evaluación debe realizarse antes de realizar el tratamiento y con el asesoramiento del Delegado de Protección de Datos.La herramienta está disponible en la siguiente url https://gestiona.aepd.es/
El profesor de la Universitat de València Ricard Martínez ha publicado una guía de protección de datos para estudiantes que realizan prácticas externas. La misma está disponible en el siguiente enlace.
La CRUE ha promovido la confección de una guía sobre la protección de datos personales en el ámbito universitario en tiempos del COVID-19 con el formato de preguntas frecuentes y que pretende servir de punto de partida a los Delegados de Protección de Datos de las Universidades. Esta guía requerirá la necesaria concreción y adaptación al caso concreto. Puede accederse pulsando aquí.